lunes, 8 de septiembre de 2008

Uno de los pasos mas importantes de el tramite completo para formar una empresa en todo sentido es el de inicio de actividades cabe recordar que este se divide en dos categorías:
Categoría 1: actividades comerciales,industrial. Mineras y de transporte.
Categoría 2: Actividades que obtienen ingreso de las rentas del y trabajo.
Exigencia legal.
La declaración de Inicio de Actividades ante el Servicio de Impuestos Internos es un trámite obligado al emprender un negocio. Esta declaración fija el domicilio tributario, da lugar al Rol Único Tributario, clasifica a la Empresa por su actividad económica y habilita para timbrar libros y documentos tributarios.
Obligados a cumplir con este trámite.
Toda persona natural o jurídica que pretenda realizar actividades comerciales o profesionales que vayan a originar impuestos, debe realizar ante el Servicio de Impuestos Internos una Declaración de Iniciación de Actividades. Conjuntamente, debe inscribirse en el registro de Rol Único Tributario. Es un formulario único. Para realizar este trámite se debe llenar el formulario 4415.
Dónde se realiza el trámite.
El trámite se realiza en la Unidad del Servicio de Impuestos Internos que corresponda domicilio del Contribuyente.
¿Quien puede realizar el trámite?
Lo puede realizar directamente el contribuyente o representante legal, cuando se trata de una persona jurídica. También puede realizarlo un mandatario mediante poder autorizado ante Notario.
Personas Naturales y Jurídicas.
Si se trata de personas naturales, deben acreditar su identidad mediante la cédula de identidad. Si se trata de personas Jurídicas debe acompañarse la escritura pública inscrita en Conservador de Bienes Raíces y publicada en el Diario Oficial. Para ello sirve la protocolización, documento que emite el Notario.
Acreditación de Domicilio.
Este es un aspecto básico de este trámite para los contribuyentes afectos al Impuesto de Primera Categoría. Se debe acreditar fehacientemente en que lugar específico se realizará la actividad que se inicia. Hay distintas formas de acreditar el domicilio según sea el título que se tiene sobre la propiedad.

Propietarios
Recibo de contribuciones, o
Certificado de dominio vigente del inmueble.
Arrendatarios
Contrato de arriendo suscrito ante Notario, y, además documentos que acrediten que el arrendador puede arrendar el inmueble. Ejemplos:
Si el arrendador es el dueño, certificado de dominio vigente o recibo de contribuciones a su nombre.
Se es un mandatario (corredor), debe acreditarse, además, con el respectivo mandato.
Si el inmueble es cedido (prestado):
Autorización del propietario o quien tenga poder.
En general, si los arrendadores o cesionarios no son los propietarios del inmueble, debe acreditarse que éstos tienen autorización de los propietarios para arrendar o ceder.

Comprobación del domicilio por el SII.
A los contribuyentes que vayan a realizar actividades en que emitan documentos que dan derecho a Crédito Fiscal (Facturas, Guías), el Servicio de Impuestos Internos les comprobará el domicilio (mediante una visita) antes de autorizar el timbraje de estos documentos. .

Fuente:http://www.cidmarti.cl/inisii.htm

Formularios requeridos para la iniciación de actividades y permisos:

  1. certificado municipal de bonificacion.
  2. Autorización sanitaria
  3. Tramite Cero
  4. certificado de calificación de actividad industrial
  5. certificación de edificación
  6. Permisos de obra menos
  7. Patente comercial.

Atentamente: Yashira Toledo y Felipe Vargas
ELECTROPOWER

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