lunes, 29 de septiembre de 2008

CARGAS FAMILIARES.

Concepto.
Es un beneficio que entrega el Estado a los trabajadores y que tiene por fin ayudar en la manutención de familiares que están bajo su dependencia.

Dónde se hace el Trámite.
El trámite se puede hacer en el Instituto de Normalización Previsional (INP), o bien, en una Caja de compensación de asignación famiiar, si la empresa esta afiliada a una.

Documentos que se acompañan.
Los documentos que debe acompañar el trabajador son los siguientes:

  • Contrato de trabajo.
  • Certificado de Matrimonio para Asignación Familiar.
  • Certificado de Nacimiento para Asignación Familiar (Se piden en el Registro Civil)
  • Cédula de Identidad del Trabajador y Cónyuge.
  • En caso de hacerlo en el INP, además, se deben llevar fotocopias de las últimas planillas canceladas.


Quién puede hacer el trámite.
Es un trámite personal del trabajador. A no ser que esté afiliado en la Caja de Compensación, ya que en dicho caso lo puede hacer un tercero.

CREDENCIAL DE SALUD.

Concepto.
Es un documento que permite a una persona identificarse como beneficiario del Fondo Nacional de Salud (FONASA), para hacer uso de sus beneficios, tanto al titular como a las personas que son sus cargas familiares.

Quienes pueden obtener el documento.
Todos los trabajadores dependientes sean con contrato indefinido, a plazo, por obra o faena y otros. También lo pueden obtener los pensionados y trabajadores independientes.

Donde se hace el trámite.
El trámite se hace en las oficinas de FONASA

Como se obtiene la Credencial. (El Carnet).

  • El empleador debe llenar un documento llamado "Certificado de Credencial de Salud". Estos formularios los entregan en las sucursales de Fonasa.
  • El documento se presenta en alguna sucursal de Fonasa.
  • El trámite lo hace el trabajador directamente.

Que documentos se acompañan.

  • Fotocopia del Contrato de Trabajo actualizado.
  • Fotocopias de las últimas planillas de imposiciones (último mes)
  • Cédula de identidad del trabajador, o su fotocopia si va por mandato.
  • Autorización de Cargas Familiares si corresponde (original)

Contrato de Trabajo


CONTRATO DE TRABAJO

Que es el contrato de trabajo?.
Es un acuerdo por el cual el trabajador se obliga a prestar servicios personales bajo vínculo de subordinación y dependencia, y el empleador se obliga a pagar por dichos servicios una remuneración predeterminada.
El solo hecho de que se presten servicios personales por una persona a otra bajo vínculo de subordinación y dependencia, hace presumir que existe un contrato de trabajo. Es decir, no es necesario que haya un papel escrito. Basta con que exista un acuerdo.

Como se manifiesta el vínculo de subordinación o dependencia?.
Cada caso debe ser analizado en forma particular, pero puede afirmarse que hay vínculo de subordinación y dependencia cuando.

  • El trabajador cumple horario de trabajo.
  • El trabajador está bajo mando y recibe órdenes.
  • El trabajador realiza las funciones en forma continuada en las dependencias del empleador.

Que actividades no dan origen a contrato de trabajo?.
No dan origen a contrato las actividades que no se desarrollan bajo el vínculo de subordinación o dependencia. Ejemplo, contratación de profesionales externos, vendedores viajantes, y otras. Tampoco dan lugar a contrato las labores realizadas por alumnos en práctica o que se hagan en forma esporádica a domicilio.

Escrituración del contrato de trabajo.
El contrato existe aunque no esté escriturado. Es responsabilidad del empleador escriturar el contrato de trabajo dentro de los 15 días siguientes al comienzo de la actividad. El plazo se reduce a 5 días si el contrato es a plazo inferior a 30 días o por obra.

Que pasa si no se escritura el contrato?.
En primer término el empleador es acreedor a una multa. En segundo lugar, en caso de conflicto, debe creerse lo que dice el trabajador.

Que se debe hacer si el trabajador no quiere firmar el contrato de trabajo?
Se debe enviar el contrato a la inspección del trabajo para que ésta requiera la firma del trabajador. Si no concurre, se puede despedir sin derecho a indemnización.

Que cláusulas mínimas debe tener el contrato de trabajo?.
Las cláusulas mínimas son las siguientes:

  • Lugar y fecha del contrato.
  • Individualización de las partes.
  • Definir servicios qué va realizar el trabajador.
  • Lugar en que se prestan los servicios.
  • Remuneración: monto, forma de pago y período de pago.
  • Duración y distribución de la jornada de trabajo.
  • Plazo del Contrato.

Pueden acordarse otras cláusulas en el contrato de trabajo?.
Pueden acordarse todas las cláusulas que se quieran, siempre que no vayan contra los derechos del trabajador establecidos en el Código del Trabajo. Tales cláusulas son prohibidas por la ley

Que son las cláusulas tácitas del contrato de trabajo?.
Son cláusulas que se incorporan “solas” al contrato, aunque no estén escrituradas. Corresponden a hechos que se repiten en la relación laboral y que por eso se entiende que las partes están de acuerdo. Por ejemplo: Si durante un largo tiempo se está pagando un bono de responsabilidad, esta remuneración se entiende incorporada al contrato.

Donde deben mantenerse los contratos de trabajo?.
Los contratos de trabajo deben estar siempre en el lugar donde el trabajador se desempeña.

Modificaciones al contrato de trabajo.
Las modificaciones que experimente el contrato se deben incorporar por escrito. Se pueden consignar al reverso del contrato o en un documento anexo, expresando la fecha y firmado por las partes.

Puede el empleador cambiar las condiciones del contrato?. Casos.
El empleador no puede cambiar unilateralmente las condiciones del contrato. Sin embargo, hay algunos casos excepcionales en que esto se puede dar:

  • Lugar de trabajo: siempre que el nuevo recinto se ubique en el mismo lugar o ciudad y que se cumplan las condiciones del caso siguiente.
  • Naturaleza de los servicios: siempre y cuando las nuevas labores sean similares a las anteriores no impliquen menoscabo para el trabajador.
  • Jornada Laboral: si hay circunstancias que afecten todo el proceso de la empresa, puede adelantar la entrado o postergar la salida en una hora. Antes, deba avisar al trabajador con 30 días de anticipación.

Capacidad legal para suscribir un contrato de trabajo.
- Los mayores de 18 años tienen plena capacidad para contratar.
- Los menores de 18 años y mayores de 16, deben contar con la autorización. (Padre, madre o quien corresponda). La autorización debe ser por escrito.
- Los menores de 16 y mayores de 15, tienen que tener autorización, y además, tienen que haber cumplido con su obligación escolar y solo pueden realizar trabajos livianos.

AVISO




lunes, 8 de septiembre de 2008

bienes raices Certificado de avaluò fiscal

El certificado de Avalúo Fiscal es un documento emitido por el SII, que informa el Avalúo Fiscal de una propiedad, N° de ROL del Avalúo, dirección del predio, nombre del propietario y la condición de exento o afecto al pago de las contribuciones y/o las características del bien raíz
¿En qué consiste?
¿Cómo se hace?
¿Dónde se realiza?
¿A quién está dirigido?
Costo
Producto
Observaciones
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Oficinas de atención:
I RegiónArica. Arturo Prat 305.

Iquique. Tarapacá 470.

II RegiónTal - Tal. Arturo Prat 525

Tocopilla. 21 de Mayo s/n

Calama. Granaderos N°2262

Antofagasta. Arturo Prat 384

III RegiónVallenar. Plaza 2 Depto.11

Chañaral. Buin s/n Piso 3, Edificio Gobernación

Copiapó. Alameda Manuel Antonio Matta N° 245

IV RegiónCoquimbo. Aldunate 540

Illapel. Independencia 160

Ovalle. Vicuña Machenna 310, oficina 102

La Serena. Matta 461, Of. 202

V RegiónValparaíso. Melgarejo 667

Villa Alemana. Santiago 503-B

Los Andes. Esmeralda 78

San Felipe. Arturo Prat 86

Quillota. O' Higgins 320

San Antonio. Av. Barros Luco 2390

La Ligua. Portales 367

Viña Del Mar. Av. Valparaíso 1161

VI RegiónPichilemu. Av. Ortúzar 550

San Vicente de Tagua Tagua. Arturo Prat 855

Santa Cruz. 21 De Mayo 172

San Fernando. Carampangue 845

Rancagua. Almarza 370 - 399

VII RegiónCuricó. Estado s/n

Parral. Dieciocho 720

Cauquenes. Claudia Urrutia N°521-C

Constitución. Montt Esq. Freire

Linares. Independencia esq. Freire, piso 1

Talca. Uno Oriente 1150

VIII RegiónTalcahuano. Colón 794

Chillán. Libertad Esq. Arauco s/n

Lebu. Freire 530, Lebu.

San Carlos. Maipú 680

Los Angeles. Caupolicán s/n

Concepción. Bernardo O´Higgins 749

IX RegiónVillarrica. Camilo Herríquez 590, pisos 1 y 2

Victoria. Calama Esq. Lagos

Angol. Lautaro s/n

Temuco. Claro Solar 873

X RegiónChaitén. Libertad 297

Lanco. Cóndor esq.18 de Septiembre s/n

Ancud. Libertad 669 Piso1

Castro. Bernardo O´Higgins s/n

Osorno. Bernardo O´Higgins s/n

La Unión. Cayetano Letelier 341, 2° piso

Puerto Varas. San José 228

Puerto Montt. San Martín 080, piso 3, edificio Gobernación

Valdivia. San Carlos 50

XI RegiónChile Chico. Bernardo O'Higgins 192, edificio Gobernación Provincia General Carrera.

Aysén. Circunvalación s/n. Ribera sur

Coyhaique. Cochrane 314, 2° piso

XII RegiónPorvenir. Bernardo Phillipi 175

Puerto Natales. Manuel Bulnes N°531

Punta Arenas. Plaza Muñoz Gamero 1007

XIII R.M.La Florida. Vicuña Mackenna Poniente 7390, paradero 14

Puente Alto. Manuel Rodriguez 0144

San Bernardo. Freire 473

San Miguel. Ramón Subercaseaux 1273

Maipú. Fernando Riesco 33

Melipilla. Plaza de Armas s/n

Estación Central. Romero 3226

Ñuñoa. Avenida Pedro de Valdivia 3491

Providencia. General del Canto Nº 281

Santiago Centro. Alonso Ovalle 680



Otros trámites
Impuestos Mensuales: Solicitud de Autorización para Explotar Máquinas Expendedoras Automáticas

Registro de Contribuyentes: Declaración de Término de Giro

Declaraciones Juradas: Enviar Declaración Jurada Simple Ley N° 19.885

Declaraciones Juradas: Enviar Declaración Jurada Simple Boletas de Honorarios Electrónicas

Declaraciones Juradas: Consultar estado Declaraciones Juradas

¿Hay una parte liberada en el impuesto a las herencias cuando existe un parentesco lejano o ningún parentesco entre el asignatario y el causante o entre el donante y el donatario?

¿Existe algún tipo de exención del Impuesto a las Herencias?

¿Cuál es la tasa del Impuesto a las Herencias?

¿Sobre qué valor se aplica el Impuesto a las Herencias?

¿En qué cuerpo legal aparecen contenidas las normas del Impuesto a las Herencias, Asignaciones y Donaciones?






¿En qué consiste?
El certificado de avalúo fiscal es un documento emitido por el SII, que informa el avalúo fiscal de una propiedad, N° de rol del avalúo, dirección del predio, nombre del propietario y la condición de exento o afecto al pago de contribuciones y/o las características del bien raíz.

El certificado no acredita el dominio de la propiedad, corresponde a una tasación fiscal de un Bien Raíz e informa el avalúo vigente de la propiedad a la fecha de otorgamiento, con excepción de los certificados de periodos anteriores, solicitados para trámites de posesiones efectivas.

¿Cómo se hace?
Desde la página principal del SII, ingrese a la opción "Certificado de avalúo fiscal" de la sección "Bienes Raíces".
Ingrese región, comuna y rol de la propiedad y pinche en "Buscar" (si no tiene el rol de la propiedad, pinche en la opción "Buscar una propiedad asociada al RUT" e ingrese RUT y contraseña del propietario registrado en SII).
Seleccione el tipo de certificado de avalúo fiscal que desea obtener (Simple, para Trámite de Posesión Efectiva o Detallado).
Según el tipo de certificado seleccionado, se le solicitará RUT y contraseña. Se desplegará el certificado solicitado.
Si desea imprimir el certificado, vaya al final de la página desplegada y presione sobre el botón "Imprimir"
Luego siga las instrucciones de su impresora preconfigurada.
¿Dónde se realiza?
En Internet, en el sitio web del SII, www.sii.cl , menú bienes Raíces, opción Certificados de Avalúo Fiscal.

Si no tiene acceso a Internet:

Debe acudir a las oficinas de la unidad del SII correspondiente a la ubicación de la propiedad y consulte por los roles de cobro o solicite un Certificado de Avalúo Fiscal de la propiedad.
Los certificados de Avalúo Fiscal emitidos en la Oficinas Operativas del SII, tanto simples como especiales tienen costo.
El plazo de entrega es inmediato si se trata de certificados simples y, en el caso de los certificados especiales el plazo de entrega es de hasta 4 días. Por otra parte, el avalúo fiscal también está indicado en los avisos de recibo de contribuciones que son remitidos semestralmente por correo al bien raíz o al domicilio postal registrado para el envío de correspondencia.
¿A quién está dirigido?
A todas aquellas personas que deseen obtener un certificado de avalúo fiscal de un bien raíz, y posean la información requerida por el Servicio de Impuestos Internos para obtenerlo.

Requisitos

Nº de Rol de la propiedad o, en su defecto, RUT del titular.
Para certificados con datos del propietario registrado en SII, para Trámite de Posesión efectiva o Detallado se requiere clave secreta o certificado digital (obténgala en el mismo sitio, www.sii.cl, opción "Obtención de Clave Secreta").

Costo
No tiene costo.

Producto
Certificado de Avalúo (SII).

Observaciones
Si usted no recuerda el número de Rol de avalúo de la propiedad, puede obtenerlo a partir de la lista de propiedades asociadas a Rut que se encuentra disponible en el mismo sitio web del Servicio de Impuestos Internos.

Ley Electrica

Plano de la Empresa



En este enlace puedes encontrar todos los formularios necesarios para creear tu empresa.
Uno de los pasos mas importantes de el tramite completo para formar una empresa en todo sentido es el de inicio de actividades cabe recordar que este se divide en dos categorías:
Categoría 1: actividades comerciales,industrial. Mineras y de transporte.
Categoría 2: Actividades que obtienen ingreso de las rentas del y trabajo.
Exigencia legal.
La declaración de Inicio de Actividades ante el Servicio de Impuestos Internos es un trámite obligado al emprender un negocio. Esta declaración fija el domicilio tributario, da lugar al Rol Único Tributario, clasifica a la Empresa por su actividad económica y habilita para timbrar libros y documentos tributarios.
Obligados a cumplir con este trámite.
Toda persona natural o jurídica que pretenda realizar actividades comerciales o profesionales que vayan a originar impuestos, debe realizar ante el Servicio de Impuestos Internos una Declaración de Iniciación de Actividades. Conjuntamente, debe inscribirse en el registro de Rol Único Tributario. Es un formulario único. Para realizar este trámite se debe llenar el formulario 4415.
Dónde se realiza el trámite.
El trámite se realiza en la Unidad del Servicio de Impuestos Internos que corresponda domicilio del Contribuyente.
¿Quien puede realizar el trámite?
Lo puede realizar directamente el contribuyente o representante legal, cuando se trata de una persona jurídica. También puede realizarlo un mandatario mediante poder autorizado ante Notario.
Personas Naturales y Jurídicas.
Si se trata de personas naturales, deben acreditar su identidad mediante la cédula de identidad. Si se trata de personas Jurídicas debe acompañarse la escritura pública inscrita en Conservador de Bienes Raíces y publicada en el Diario Oficial. Para ello sirve la protocolización, documento que emite el Notario.
Acreditación de Domicilio.
Este es un aspecto básico de este trámite para los contribuyentes afectos al Impuesto de Primera Categoría. Se debe acreditar fehacientemente en que lugar específico se realizará la actividad que se inicia. Hay distintas formas de acreditar el domicilio según sea el título que se tiene sobre la propiedad.

Propietarios
Recibo de contribuciones, o
Certificado de dominio vigente del inmueble.
Arrendatarios
Contrato de arriendo suscrito ante Notario, y, además documentos que acrediten que el arrendador puede arrendar el inmueble. Ejemplos:
Si el arrendador es el dueño, certificado de dominio vigente o recibo de contribuciones a su nombre.
Se es un mandatario (corredor), debe acreditarse, además, con el respectivo mandato.
Si el inmueble es cedido (prestado):
Autorización del propietario o quien tenga poder.
En general, si los arrendadores o cesionarios no son los propietarios del inmueble, debe acreditarse que éstos tienen autorización de los propietarios para arrendar o ceder.

Comprobación del domicilio por el SII.
A los contribuyentes que vayan a realizar actividades en que emitan documentos que dan derecho a Crédito Fiscal (Facturas, Guías), el Servicio de Impuestos Internos les comprobará el domicilio (mediante una visita) antes de autorizar el timbraje de estos documentos. .

Fuente:http://www.cidmarti.cl/inisii.htm

Formularios requeridos para la iniciación de actividades y permisos:

  1. certificado municipal de bonificacion.
  2. Autorización sanitaria
  3. Tramite Cero
  4. certificado de calificación de actividad industrial
  5. certificación de edificación
  6. Permisos de obra menos
  7. Patente comercial.

Atentamente: Yashira Toledo y Felipe Vargas
ELECTROPOWER